OCIO – PESCA
SANTIAGO PONTONES
Información relativa para los cebos permitidos de tipo artificial y todos los naturales autorizados
Cupo de capturas
Trucha arco-iris: 8 durante la época hábil de baja montaña. Boga, cacho y barbo: 10. Resto de especies ilimitado. En época de veda de la trucha se devolverán inmediatamente a las aguas las posibles capturas de truchas.
Régimen
A efectos de la práctica de la pesca se consideran aguas ciprinícolas.
Información relativa para los cebos permitidos de tipo artificial, masilla y cereales
Cupo de capturas
El número de truchas establecido en aguas libres e ilimitado para el resto de las especies.
Régimen
A efectos de la práctica de la pesca se consideran aguas trucheras.
Información relativa para los cebos permitidos de tipo artificial y todos los naturales autorizado
Cupo de Capturas
Trucha arco-iris: 8 durante la época hábil de baja montaña. Resto de especies piscícolas: 10. En época de veda de la trucha se devolverán inmediatamente a las aguas las posibles capturas de truchas.
Régimen
A efectos de la práctica de la pesca se consideran aguas ciprinícolas.
AGUAS LIBRES TRUCHERAS DE ALTA MONTAÑA
Cuenca del Segura
Valle del Guadalquivir
- Río Aguamula. Desde su nacimiento hasta el Puente del Molino de Eusebio, y el Arroyo del Hombre desde su nacimiento hasta la confluencia con el río Aguamula
- Arroyo de las Truchas. Desde los nacimientos de los Arroyos de Guadahornillo y La Agracea hasta su confluencia con el Río Borosa
- Arroyo y Laguna de Valdeazores. Desde el nacimiento de los Arroyos de Vadeazorillos y Valdeazores hasta el límite con la presa de Los Órganos o de la Feda. Incluye la Laguna de Valdeazores y el Arroyo de Aguasnegras
- Río Borosa. Desde la Presa de los Organos o de La Feda hasta el puente de la Central Eléctrica